Ayudas y subvenciones

Beneficiarios: 1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que cumplan con la definición de pyme segundo el anexo I del Reglamento nº 651/2014 de la Comisión.

b) Que tengan algún centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Galicia, y que tengan en el dicho centro, antes de la solicitud de ayuda, por lo menos tres trabajadores por cuenta ajena.

c) Que estén dadas de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización con informe positivo emitido a partir de 1 de enero de 2013. La solicitud de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización, deberá hacerse antes del final del plazo de presentación de solicitudes de ayuda, a través del procedimiento del Igape IG192.

d) Que estén al día de sus deberes con la Hacienda Pública estatal, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social.

e) Que tengan capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda.


2. No podrán tener la condición de beneficiarias:

a) Las empresas que estén sujetas la una orden de recuperación de ayudas, consecuencia de una decisión de la Comisión Europea.
b) Las empresas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 3 de la Ley 9/2007, o incumplan los deberes del artículo 11 de la citada Ley.
Entidad: IGAPE - Instituto Galego de Promoción Económica
Financiación: La subvención será del 70% de los gastos relacionados en el artículo 5, excepto para los gastos del artículo 5.1. b.1) en el caso de acciones de participación presencial en ferias y eventos expositivos, en las cuales, las intensidades de ayuda e importes de subvención, variarán según el área geográfico en la que se desarrolle la acción.

En este tipo de acciones solo se podrán realizar 3 acciones al año como máximo por área geográfico y solamente 2 acciones al año en un mismo país dentro de la mismo área geográfico.

Para las acciones incluidas en esta convocatoria a subvención máxima será de 91.000 euros por solicitud y beneficiario (gasto subvencionable máximo de 130.000 euros).
Plazo: 24/05/2022
Estado: Finalizada
Web: https://www.igape.gal/gl/index.php?option=com_ortigape&view=axuda&id=829&return=aW5kZXgucGhwP29wdGlvbj1jb21fb3J0aWdhcGUmdmlldz1heHVkYXMjYXh1ZGFzLWZpbHRyb3M=#sp-main-body

Descripción de la ayuda

1. Con el objetivo de incentivar la realización de acciones de promoción exterior generadoras de ventajas competitivas que incidan en la proyección y posicionamiento de las empresas galegas en los comprados internacionales, el Igape, podrá conceder subvenciones a fondo perdido a los siguientes tipos de acciones:
a) Acciones de difusión:

a.1) Campañas de publicidad en prensa, revistas, televisión, u otros medios incluidos los digitales, siempre que su difusión se realice en el extranjero

a.2) Elaboración de material promocional para su difusión en mercados extranjeros.

b) Acciones de promoción:

b.1) Participación en ferias u otros eventos expositivos que se celebren en el extranjero.
Se incluyen también aquellos eventos de este tipo que se celebren organizados por terceros en España y estén incluidos en el calendario de ferias comerciales internacionales publicado por la Secretaría de Estado de Comercio de España para el año 2022 o 2023 en el Boletín Oficial del Estado (en ediciones que se celebren dentro del plazo de ejecución de estas bases). Se incluyen también la participación en ferias virtuales, así como la participación en otros eventos expositivos virtuales dirigidos al público internacional.

No son subvencionables las visitas la este tipo de eventos. Para ser una acción subvencionable tense que acreditar la participación del beneficiario cómo expositor en el evento.

b.2) Visitas a la sede de la empresa en Galicia de clientes, importadores, distribuidores, me¬los dice de comunicación u otro tipo de prescriptores, todas realizadas desde lo extranjero, con el objeto de dar a conocer al exterior las posibilidades de la empresa y sus productos y/o para sondear posibles fórmulas de cooperación internacional. Se incluye también la organización de eventos virtuales organizados por la propia empresa dirigidos al público internacional (catas, seminarios, jornadas de formación a prescriptores, etc.)

c) Acciones de prospección en mercados internacionales:

c.1) Agendas de reuniones, incluidas las agendas virtuales.

c.2) Desarrollo de clientes y análisis de competencia en el extranjero: metodología enfocada en descubrir mercados para la empresa y sus productos, apostando tanto por descubrir y aprender de los propios clientes, ofreciendo un producto que realmente necesiten, como de los competidores, mediante la identificación de buenas prácticas, y el benchmarking funcional.

c.3) Seguimiento de contactos iniciales o clientes anteriores en el extranjero para la consolidación del negocio y la implantación promocional en destino.

d) Acciones de operatividad de la internacionalización:

d.1) Gestión de acuerdos comerciales internacionales, certificaciones, homologaciones y registros de marcas y patentes de productos y servicios para lo extranjero (se incluyen los códigos fuente/códigos objeto).

d.2) Seguros de crédito a la exportación.

2. Solo se podrá presentar y aprobar una solicitud por beneficiario, en la que se podrán incluir varias acciones de las mencionadas en las letras de la a) a la d) de este artículo. En el caso de presentar más de una solicitud se atenderá la primera presentada, en el caso de no mediar desistimiento o renuncia de la anterior.

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