Ayudas y subvenciones

Beneficiarios: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases y siempre que en las personas solicitantes no concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas.
Entidad: Xunta de Galicia
Financiación: 200.000€ máximo en un plazo de 3 años.
Plazo: 29/05/2020
Estado: Finalizada
Web: https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=CO300C&ano=2020&numpub=1&lang=es

Descripción de la ayuda

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto la concesión de subvenciones para la innovación, la digitalización y la implantación de nuevas fórmulas de comercialización y expansión del sector comercial y artesanal.

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