Ayudas y subvenciones

Beneficiarios: Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que, en todo caso, cumplan además los siguientes requisitos:

a) Comerciantes minoristas:
– Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que el domicilio social radique en la Comunidad Autónoma y que cumplan los requisitos establecidos legalmente para ejercer la actividad. En el caso de comerciantes que realicen la actividad comercial en línea, deberán tener el domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia.

– Que, teniendo la condición de pyme, empleen a menos de diez (10) trabajadores y no tengan la consideración de gran establecimiento comercial según la normativa aplicable.

– Que estén dados de alta en alguno de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo II y que este constituya la actividad principal del solicitante.

– Que desarrollen la actividad comercial en un establecimiento comercial con una superficie de exposición y venta igual o inferior a 300 metros cuadrados, excepto que la actividad comercial se encuadre en el epígrafe 653.1 del IAE.

b) Titulares de talleres artesanales:
- Inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia
Entidad: Xunta de Galicia
Financiación: Para la linea 1:
La inversión máxima subvencionable será de 5.000,00 € (IVA excluido).
El porcentaje de subvención será ente el 30% y 50 % de la inversión máxima subvencionable.

Para la linea 2:

La inversión máxima subvencionable será de 30.000,00 € (IVA excluido) y la inversión mínima de 15.000,00 € (IVA excluido).
El porcentaje de subvención será el 50 % de la inversión máxima subvencionable.
Plazo: El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 02 de febrero de 2018 y terminará el 01 de marzo de 2018.
Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.junta. gal)
Estado: Finalizada
Web: https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=IN201H&ano=2018&numpub=1&lang=es

Descripción de la ayuda

Subvenciones para la digitalización y modernización de empresas comerciales e artesanales.

Requisitos

- Se considerarán gastos subvencionables los comprendidos entre el 01/01/2018 y el 30/10/2018.
- Mantener la inversión subvencionada durante dos años desde su concesión.

Gastos subvencionables

Para la linea 1:

a) La implantación o actualización de páginas web comerciales y la mejora de la imagen en línea dirigidas a la comercialización de sus productos.

b) La logística digital a través del diseño e implantación de un packaging para la venta en línea adecuado a las características del producto y a la imagen e identidad de la empresa comercial o artesanal, dirigidas a la mejora de la comercialización y de la imagen.

c) Implantación de herramientas de gestión: sistemas integrados para la planificación de recursos empresariales, comerciales y software adecuados a las necesidades de la empresa.

d) Los servicios de gestión de redes sociales. La ayuda consistirá en un tique para la gestión de redes sociales, en el marco del programa de Social Commerce a desarrollar en colaboración con la Federación Gallega de Comercio durante el año 2018.

Para la linea 2:

a) Las obras de reforma y acondicionamiento integral de la superficie de exposición y venta del local comercial.

b) Adquisición de mobiliario destinado a la mejora de la imagen comercial y adquisición de equipamiento especializado para la exposición del producto que sea necesario para el desarrollo de la actividad comercial y de uso exclusivo en la superficie de exposición y venta.

c) Actuaciones de mejora de la fachada exterior del local comercial e instalación de toldos, carteles, letreros o similares.

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