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Resolución de litigios en línea para comercio electrónico en Europa

Fecha:  jueves, 19 de mayo de 2016

Recientemente la Comisión Europea ha puesto al servicio de las y los consumidores y del empresariado una plataforma de resolución de litigios en línea llamada ODR (Online Dispute Resolution) y sustentada en las bases del Reglamento (UE) 524/2013, sobre resolución de litigios en línea en materia de consumo. Con la finalidad de ayudar a las y los consumidores no satisfechos, permite formular reclamaciones sobre productos y servicios adquiridos en internet. Para lograr este objetivo la UE ha establecido normas de cooperación con organismos nacionales encargados de la resolución alternativa de litigios asociadas a esta plataforma.

 

El 9 de enero de este año entró en vigor el Reglamento antes mencionado, que es de carácter obligatorio para empresariado, comerciantes y plataformas o mercados que ofrezcan sus productos o servicios de forma electrónica. Esto supone incluir en su página web un enlace de fácil acceso a la plataforma y, si ofrecen sus productos a través de correo electrónico, deberán incluir en éste la información sobre el enlace que permita a la consumidora o consumidor acceder a la plataforma. La URL es:

 

http://ec.europa.eu/consumers/odr/

 

Este sitio web es interactivo, multilingüe, de fácil acceso y muy intuitivo; sólo se deberán seguir los pasos que se indican a continuación:

1.- La consumidora o consumidor cubrirá un formulario en línea donde indicará su reclamación, que enviará desde la propia plataforma.

2.- El formulario de reclamación es enviado al vendedor, quien informará a la clienta o cliente insatisfechos sobre la posibilidad de iniciar un procedimiento mediante una institución alternativa de resolución de conflicto.

3.- En el momento en que ambas partes acuerden la institución encargada de la resolución de su conflicto, ésta será informada a través de la plataforma.

4.- La entidad se pondrá en contacto con las partes por vía telefónica y propondrá una solución en un plazo máximo de 90 días.

 

Sin embargo, esta web no posee por el momento organismos de resolución de litigios en algunos sectores. Como consumidora o consumidor quizá no puedas utilizar esta plataforma para resolver tu litigio con empresas de algunos países; a continuación te presentamos una relación de países que no han desarrollado la iniciativa de manera directa:

 

·         España

·         Alemania

·         Croacia

·         Lituania

·         Luxemburgo

·         Malta

·         Polonia

·         Rumanía

 

El Centro Europeo del Consumidor (CEC), adscrito a la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN), ha sido designado ante la Comisión Europea como punto de contacto de la plataforma en España y presta apoyo y asistencia a quien lo solicite.

 

Para más información, el Reglamento está disponible en formato PDF en el siguiente enlace:

http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32013R0524

Esperamos que el artículo te haya resultado interesante y útil. Como siempre, nos tienes a tu disposición en el 886 20 20 20 para resolver dudas con respecto a este tema o cualquier otra cuestión del ámbito TIC de tu empresa.

Víctor Fernández, asesor del CPAE 2.0 de Lalín

Fuente:  CPAE